Los interesados pueden realizar el trámite mediante vía telemática a través del portal oficial ajudeslloguer.caib.es, portal que también ofrece opción para reservar cita presencial si es necesario recibir apoyo personalizado en el proceso. Esta flexibilidad facilita el acceso a las ayudas para distintas franjas de la población, especialmente para personas mayores o con menos habilidades digitales.
Las ayudas cubren hasta el 50 % de la renta mensual, con un tope máximo de 900 euros al mes según establecen los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Para 2025, el Govern balear ha reiterado su petición de aumentar este límite a fin de que un mayor número de hogares en las islas puedan optar a estas subvenciones en función de la realidad del mercado local.
Presupuesto disponible
La partida presupuestaria destinada a estas ayudas para el ejercicio de 2025 es de 9,3 millones de euros, una cifra compuesta por 7,1 millones aportados desde el presupuesto estatal a través del Plan Estatal de Vivienda y 2,2 millones de fondos propios de la administración autonómica.
Con esta dotación económica, se espera poder cubrir una gran parte de la demanda en las Illes Balears, donde el mercado de alquiler sigue mostrando signos de tensión. Aunque el límite se mantiene en alquileres no superiores a 900 euros, desde el Govern balear se han hecho múltiples gestiones para que el Ministerio eleve este techo, debido a las particularidades locales y al incremento en los precios de la vivienda en alquiler que se observa desde hace varios años.
Requisitos y condiciones para beneficiarios
Para optar a las ayudas al alquiler 2025, es imprescindible presentar un contrato de arrendamiento vigente que corresponda a una vivienda habitual y permanente. Además, el solicitante o solicitantes deben tener nacionalidad española o residencia legal en España, y cumplir con las condiciones de ingresos establecidas.
En cuanto a la capacidad económica, el límite general de ingresos anuales para la unidad familiar es de 25.200 euros, lo que corresponde a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Existen aumentos en este límite para determinados colectivos: puede llegar hasta 33.600 euros (cuatro veces el IPREM) para familias numerosas generales, personas con discapacidad o víctimas del terrorismo, y hasta 42.000 euros (cinco veces el IPREM) para familias numerosas especiales, personas con discapacidad con grado igual o superior al 33 % o víctimas de violencia de género.
Un aspecto fundamental es que la ayuda se destinará exclusivamente al pago del alquiler, con un límite máximo anual de 3.000 euros por vivienda. Además, no se puede compatibilizar esta subvención con otras ayudas destinadas al pago del alquiler provenientes del Plan Estatal, ni de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, ni de otras administraciones o entidades públicas, salvo en casos excepcionales relacionados con personas en situación vulnerable, víctimas de violencia de género, trata, o personas en riesgo de exclusión social.