España prolonga las restricciones de entrada por el COVID-19 a pesar de la proximidad de las vacaciones de Semana Santa

Las autoridades españolas han anunciado que se prorrogarán las actuales normas de entrada que el país aplica a los viajeros entrantes.

Los viajeros esperaban que España siguiera el ejemplo de los demás países de la UE/EEE y abandonara sus normas de entrada. Sin embargo, a pesar de que las vacaciones de Semana Santa están a la vuelta de la esquina, las autoridades españolas aún no han decidido levantar o al menos facilitar algunas de sus reglas, informa SchengenVisaInfo.com.

A través de su actualización más reciente, el Ministerio de Sanidad español ha revelado que todos los países de la UE/EEE seguirán formando parte de la lista de riesgo.

Esto significa que todos los viajeros que lleguen a España desde un país de la UE/EEE deben rellenar un Formulario de Control Sanitario antes de su llegada. Además, todos seguirán estando obligados a presentar un Pase COVID-19 Digital de la UE válido – un certificado de vacunación, recuperación o prueba – al entrar en España.

“Si proviene de un país de riesgo en relación con el COVID-19, deberá presentar certificado o documento que acredite vacunación, prueba diagnóstica de infección activa o recuperación de COVID-19” destaca el Ministerio.

Los viajeros que puedan presentar uno de los pases mencionados anteriormente están exentos de reglas adicionales. No obstante, todos deben asegurarse de cumplir con la regla de validez que se aplica actualmente a los certificados de vacunación y recuperación.

España-Prolonga

El Ministerio de Sanidad español explica que se aceptan certificados de vacunación si acreditan que el titular ha completado el proceso de vacunación en los últimos 270 días o ha recibido una dosis adicional de vacuna. Tal regla se aplica solo a personas mayores de 18 años.

Los que tienen entre 12 y 18 años no están obligados a recibir una dosis adicional si se vacunaron hace más de 270 días.

“A los menores de 12 años y menores de 18 años no les será de aplicación el requisito de haber recibido una dosis de refuerzo superior a 270 desde la fecha de administración de la última dosis del calendario completo de vacunación. Se considerarán totalmente vacunados aunque hayan transcurrido más de 270 días sin haber recibido una dosis de refuerzo,” explicaron las autoridades españolas.

Por otro lado, los certificados de recuperación solo se reconocen si el documento demuestra que el titular se recuperó del virus en los últimos 180 días.

Los viajeros de la UE/EEE que no estén en posesión de un pase de vacunación o recuperación en vigor también pueden entrar en España para todo tipo de propósitos siempre que presenten un resultado negativo en la prueba de COVID-19. España acepta tanto las pruebas rápidas de antígenos como las de PCR para la entrada.

También se permite la entrada a España a viajeros de terceros países que dispongan de un certificado de vacunación o recuperación en vigor.