Del ruido a la limpieza: Sant Lluís convierte la convivencia en norma

Escuchar música a todo volumen en el coche y tener la puerta abierta o las ventanillas bajadas, así como ensuciar el espacio público al efectuar necesidades fisiológicas o escupir, son algunas de las infracciones sancionables que contempla la nueva ordenanza municipal de convivencia cívica que el pleno municipal de Sant Lluís ha aprobado inicialmente en la última sesión ordinaria. Para que entre en vigor, falta que pase el periodo de exposición pública, recoja las propuestas de los ciudadanos, sea aprobada definitivamente y aparezca publicada íntegramente en el Boletín Oficial de Balears. Aun así, el texto ya deja entrever cuál es el objetivo que persigue: regular la actividad de las personas en el espacio público comprendido en el término municipal de Sant Lluís, incluidas las personas menores de edad, para evitar comportamientos incívicos en perjuicio de la ciudadanía.

«Es una herramienta muy necesaria e imprescindible para que la policía pueda tener argumentos y actuar frente a conductas prohibidas que, sin embargo, no están contempladas en ninguna otra ordenanza», ha defendido el concejal Joan Pons durante el pleno municipal. En la elaboración del texto han participado, precisamente, miembros de la policía, según ha informado Pons, que frente a las críticas del PP sobre la «saturación de normas nuevas y repetición de normas existentes» ha insistido en que «es una ordenanza complementaria y más amplia».

Casuísticas y sanciones

El reglamento incluye dos apartados, uno de ellos referido a la conducta ciudadana. En este se diferencian actuaciones que afectan al orden público (ruidos, uso del espacio común, actividades sexuales, limpieza…); a la seguridad y comodidad (incendios, empleo del mobiliario urbano…) y al manejo de material pirotécnico. En el otro apartado se menciona la protección del medio ambiente. En suma, la ordenanza viene a «solventar muchos huecos que había en otras normativas y por ende resolver situaciones que quedaban desamparadas», según ha defendido la alcaldesa de Sant Lluís, Carol Marqués.

Al definir prohibiciones e infracciones, el texto también contempla un régimen sancionador. Define casos leves (con multas de entre 200 y 500 euros), graves (con sanciones económicas que ascienden a los 1.500 euros) y muy graves (con la obligación de pagar hasta 3.000 euros) que podrían variar en función de la existencia de agravantes y reincidencias o, por el contrario, atenuantes. En caso de sanciones pecuniarias impuestas por haber cometido infracciones tipificadas como leves o graves, el Ayuntamiento podría sustituir aquellas por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad sin que ello afecte a la indemnización que deberán pagar los infractores por los posibles daños causados.

Serán responsables directos, detalla la ordenanza aprobada inicialmente, las personas que hayan cometido el quebrantamiento de la normativa; aunque si se trata de menores de edad, se notificará la actuación al Juzgado de Menores y a los Servicios Sociales municipales y se exigirán responsabilidades a los progenitores o tutores.

Las claves

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