Los plenos de Maó y Alaior ya han fijado los criterios que se van a exigir para legalizar los ‘hortals’ y se espera que, en las próximas semanas, hagan lo propio el resto de municipios. Finalmente, no ha prosperado el plan del Consell para aplicar unos criterios únicos en toda la Isla y están apareciendo las primeras diferencias. El plazo que tienen los dueños para acogerse a la medida de gracia es de tres años.
El titular del Juzgado de lo Contencioso número 2 de Palma concluye en un auto del 13 de marzo al que ha tenido acceso ‘Menorca – Es Diari’ que no se cumplen los requisitos legales para dictar una suspensión cautelar hasta que haya una sentencia firme. Además, impone unas costas simbólicas al PSOE de cien euros.
La legalización es revocable
El magistrado Alejandro González Mariscal de Gante argumenta que siempre se podrá revertir la legalización si la resolución del caso acaba por dar la razón a los socialistas.
La demanda fue presentada el pasado mes de septiembre a título personal por los consellers del PSOE en la institución insular, Susana Mora, Josep Pastrana, Eduardo Robsy y Bàrbara Torrent, y se han personado en la causa como parte interesada el Consell de Menorca y los cinco ayuntamientos gobernados en solitario por el PP: Ferreries, Es Castell, Es Migjorn, Alaior y Sant Lluís.
El juez descarta que exista un peligro de mora procesal en caso de no dictarse las medidas cautelares, ya que los procedimientos de legalización de ‘hortals’ que puedan completarse en los tres años previstos por la ley «son revocables en todos los casos» si se acredita por sentencia, como sostiene el PSOE, que tiene visos de inconstitucionalidad y vulnera leyes de rango superior.
El recurso, concluye el magistrado en el auto, «funda la suspensión [cautelar] en la falta de seguridad jurídica que supondría revocar la tramitación resulta paradójico cuando se acude a esta instancia, precisamente, pera resolver la controversia y dar seguridad jurídica».
El apunte
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