Hacienda avisa a los mutualistas de que ya puede pedir la devolución del IRPF: así pueden recibir hasta 4.000 euros

La Agencia Tributaria ha iniciado en septiembre las esperadas devoluciones a los pensionistas que cotizaron a mutualidades laborales antes de la creación del sistema de la Seguridad Social. Este proceso, que se realiza en un único pago, incluye tanto las cantidades tributadas en exceso durante años como los intereses de demora correspondientes. La devolución corrige un agravio histórico que ha afectado a miles de jubilados españoles, quienes no pudieron deducir sus aportaciones a mutualidades pero vieron gravadas íntegramente sus pensiones en el IRPF.

El derecho a reclamar tiene su origen en diversas sentencias del Tribunal Supremo que reconocieron esta anomalía fiscal. Posteriormente, quedó regulado mediante la Disposición Final 16ª de la Ley 5/2025, que establece que las devoluciones se realizarán en un solo pago a partir de septiembre de 2025, en lugar de fraccionarse como estaba previsto inicialmente. De esta manera, los afectados pueden recuperar de una sola vez las cantidades correspondientes a los ejercicios fiscales desde 2019 hasta 2022, así como otros anteriores no prescritos, siempre que puedan acreditar documentalmente sus cotizaciones a mutualidades laborales.

La Agencia Tributaria ha habilitado un formulario específico en su sede electrónica para gestionar estas solicitudes. Los primeros pagos ya se están haciendo efectivos, lo que supone no solo una reparación jurídica sino también una importante inyección económica para muchos jubilados españoles que durante años han visto mermadas sus pensiones por un tratamiento fiscal injusto.

Cómo se calculan los intereses de demora en las devoluciones

Un aspecto fundamental de estas devoluciones es el cálculo de los intereses de demora, que varían significativamente según el origen del ingreso indebido. Según ha confirmado la Agencia Tributaria, cuando el ingreso procede de una declaración de la renta, los intereses se computan desde la fecha exacta en que se realizó dicho pago. Este criterio beneficia a los afectados, ya que el periodo de generación de intereses puede ser considerable en casos que se remontan a varios ejercicios fiscales.

Por otro lado, cuando se trata de retenciones u otros pagos a cuenta, el cómputo de intereses se inicia el 22 de diciembre de 2024, fecha en que entró en vigor la disposición legal que regula estas devoluciones. Sin embargo, existe una excepción importante para quienes ya habían solicitado la devolución antes de esa fecha y habían superado el plazo de seis meses sin recibir respuesta de la Administración. En estos casos, los intereses comienzan a generarse desde el día siguiente al vencimiento de ese plazo de seis meses, lo que puede resultar en cantidades significativamente mayores.

El tipo de interés de demora aplicable es del 3,75% para el año 2025, aunque para los periodos anteriores se aplican los tipos vigentes en cada momento. Esto significa que el cálculo final puede resultar complejo al combinar diferentes tipos de interés según los ejercicios afectados, lo que ha generado numerosas consultas entre los contribuyentes.

Requisitos y documentación necesaria para la reclamación

Para acceder a estas devoluciones, los pensionistas deben cumplir una serie de requisitos específicos. En primer lugar, es imprescindible haber cotizado a mutualidades laborales antes de 1979, fecha en que se consolidó el actual sistema de la Seguridad Social. Además, deben poder acreditar que dichas aportaciones no fueron objeto de deducción en su momento, mientras que las pensiones recibidas sí tributaron íntegramente en el IRPF.

La documentación que se debe aportar incluye certificados de las cotizaciones realizadas a las mutualidades, comprobantes de las declaraciones de la renta de los ejercicios reclamados y, en muchos casos, certificados de las entidades pagadoras de las pensiones. Todos estos documentos deben presentarse junto con el formulario específico habilitado en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, donde también se debe indicar el número de cuenta bancaria para recibir la devolución.

Los expertos fiscales recomiendan revisar cuidadosamente la documentación antes de presentarla, ya que cualquier error o carencia puede retrasar significativamente el proceso. También aconsejan guardar copias de todas las comunicaciones con Hacienda, así como de los justificantes de presentación de la solicitud.

Plazos de prescripción y ejercicios fiscales recuperables

Un aspecto crucial que está generando incertidumbre entre los afectados es el relacionado con los plazos de prescripción. Según la normativa tributaria vigente, el derecho a solicitar devoluciones prescribe a los cuatro años desde la fecha de presentación de la declaración o desde el vencimiento del plazo para presentarla.

En la práctica, esto significa que en 2025 se pueden reclamar con seguridad los ejercicios fiscales desde 2021 hacia atrás. Sin embargo, el plazo puede ampliarse si el contribuyente ya había presentado reclamaciones previas que interrumpieron la prescripción. Esta situación ha provocado que muchos jubilados se apresuren a presentar sus solicitudes para evitar que prescriban más ejercicios fiscales.

Los asesores fiscales señalan que, en caso de duda, es preferible presentar la solicitud aunque se considere que algunos ejercicios podrían estar prescritos, ya que será la Administración quien determine finalmente qué periodos son recuperables en cada caso particular.

El impacto económico de las devoluciones a mutualistas

Las estimaciones del Ministerio de Hacienda apuntan a que estas devoluciones podrían beneficiar a más de 65.000 pensionistas en toda España, con un impacto económico global que podría superar los 900 millones de euros. Las cantidades individuales varían enormemente según los años cotizados y el nivel de las pensiones percibidas, pero en muchos casos pueden suponer varios miles de euros por contribuyente.

El hecho de que las devoluciones se realicen en un único pago, incluyendo los intereses de demora, supone una modificación importante respecto al plan inicial que contemplaba un prorrateo en varios ejercicios. Esta decisión, recogida en la Ley 5/2025, ha sido valorada positivamente por las asociaciones de jubilados, que consideran que agiliza la reparación de un agravio histórico y evita dilatar en el tiempo una situación que ya ha perjudicado durante años a muchos pensionistas.

¿Qué son las mutualidades laborales?

Las mutualidades laborales fueron entidades de previsión social que funcionaron en España principalmente entre 1946 y 1979, antes de la consolidación del actual sistema de Seguridad Social. Estas organizaciones cubrían riesgos como la jubilación, invalidez o fallecimiento de los trabajadores de diferentes sectores profesionales, mediante un sistema de cotizaciones obligatorias.

Con la reforma de la Seguridad Social, estas mutualidades fueron progresivamente integradas en el nuevo sistema, pero se produjo una anomalía fiscal: las cotizaciones realizadas no pudieron deducirse en el IRPF en su momento, mientras que las pensiones resultantes tributaron íntegramente como rendimientos del trabajo. Esta doble imposición es precisamente lo que las sentencias del Tribunal Supremo han reconocido como injusta y lo que la actual normativa pretende corregir mediante estas devoluciones.

¿Cómo afecta la devolución a la declaración de la renta?

Una duda frecuente entre los pensionistas afectados es cómo deben reflejar estas devoluciones en sus próximas declaraciones de la renta. Los expertos fiscales aclaran que las cantidades percibidas como devolución del principal no deben incluirse como ingreso en la declaración del IRPF del año en que se reciben, ya que corresponden a impuestos indebidamente pagados en ejercicios anteriores.

Sin embargo, los intereses de demora sí tienen consideración de ganancia patrimonial y, por tanto, deben declararse en el ejercicio fiscal en que se cobran. Estos intereses tributan en la base imponible del ahorro, con tipos que oscilan entre el 19% y el 28% en función de la cuantía. Para facilitar este proceso, la Agencia Tributaria informará detalladamente en los certificados de devolución qué parte corresponde al principal y qué parte a los intereses, para que los contribuyentes puedan realizar correctamente su declaración del año 2025 (a presentar en 2026).

¿Qué hacer si la devolución no se corresponde con lo esperado?

Algunos mutualistas han manifestado su desacuerdo con las cantidades devueltas, especialmente en lo referente al cálculo de los intereses de demora. En estos casos, los expertos recomiendan revisar detalladamente la liquidación recibida de la Agencia Tributaria y, si se detectan discrepancias, presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes desde la notificación.

Es aconsejable aportar en estos recursos todos los documentos que justifiquen la reclamación, así como un cálculo alternativo de los intereses que se consideran correctos. En casos complejos, puede ser recomendable contar con el asesoramiento de un profesional especializado en derecho tributario, ya que la normativa sobre intereses de demora tiene numerosos matices que pueden resultar determinantes para el resultado final.

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